El presente procedimiento norma el reporte y atención de cualquier incidente que ocurra en las instalaciones del AIJC que implique hechos o actos que puedan afectar la dignidad o seguridad de los usuarios de los servicios de Lima Airport Partners (LAP). 

BASE NORMATIVA

  • Constitución Política del Estado.
  • Código Civil.
  • Código de Protección y Defensa del Consumidor.
  • Ley No. 27942, Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual.
  • Decreto Legislativo 1410, que incorpora el delito de acoso, acoso sexual, chantaje sexual y difusión de imágenes, materiales audiovisuales o audios con contenido sexual al código penal y modifica el procedimiento de sanción del acoso sexual.
  • Decreto Supremo No. 014-2019-MIMP, Reglamento de la Ley No. 27942, Ley de
    Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual.
  • Decreto Supremo No. 021-2021-MIMP, Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley No. 27942, Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual.

Definiciones y estudio de casos

a) La agresión de palabra bajo cualquier adjetivo y circunstancia.

  • Caso Zaperoko,

b) El desarrollo de gestos o conductas que impliquen manifestaciones de burla contra la condición de la persona.

  • Caso TUUA “Plancha quemada”

c) Uso de términos de naturaleza o connotación sexual escritos o verbales, insinuaciones sexuales, proposiciones sexuales, gestos obscenos que resulten insoportables, hostiles, humillantes u ofensivos para la victima tales como: escritos o correos electrónicos con mensajes de contenido sexual, exposiciones indecentes con contenido sexual y ofensivo; bromas obscenas, preguntas, chistes o piropos de contenido sexual; conversaciones con términos de corte sexual, miradas lascivas reiteradas con contenido sexual, llamadas telefónicas de contenido sexual, proposiciones reiteradas para citas con quien ha rechazado tales solicitudes, comentarios de contenido sexual o de la vida sexual de la persona agraviada, mostrar dibujos, grafitis, fotos, revistas, calendarios o cualquier otro material con contenido sexual; entre otros actos de similar naturaleza.

  • Caso OSA mostrando genitales a pasajera por aplicación de mensajería. Caso pasajero mostrando genitales a pasajera en patio de comidas

d) Acercamientos corporales, roces, tocamientos y otras conductas físicas de naturaleza sexual que resulten ofensivos y no deseados por las víctimas, tales como: rozar, recostarse, arrinconar, besar, abrazar, pellizcar, palmear, obstruir intencionalmente el paso, entre otras conductas de similar naturaleza.

e) Comportamientos o actos sexistas que promueven o refuerzan estereotipos en los cuales los hombres y mujeres tienen atributos, roles o espacios propios que suponen la subordinación de un sexo o género respecto del otro.

  • Comentarios machistas atribuyéndole a la mujer subordinación o incapacidad de realizar ciertas tareas propios de los hombres.

f) Cualquier tipo de actuación o conducta que afecte o pueda afectar directa o indirectamente la seguridad de usuarios del AIJC.

  • Amenazas… peleas entre usuarios o pasajeros.